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Áreas de práctica 02 — Zonas Económicas Especiales

Tres regímenes distintos, cada uno con su propia ley y autoridad — le ayudamos a identificar cuál corresponde a su operación.

Panamá cuenta con varios regímenes especiales para el desarrollo de negocios. Aunque suelen mencionarse juntos, cada uno responde a una ley y a una entidad administradora distinta, con beneficios y trámites propios.

Zona Libre de Colón (ZLC)

La zona franca más antigua de América Latina, ubicada en la entrada atlántica del Canal de Panamá. Se rige por el Decreto Ley 18 de 1948 y es administrada por la Autoridad de la Zona Libre de Colón (AZLC). Concentra empresas de importación, reexportación y redistribución de mercancías.

  • Constitución y estructuración de sociedades para operar en la ZLC.
  • Trámites de registro ante la Autoridad de la Zona Libre de Colón (AZLC).
  • Obtención y gestión de la Clave de Operación.
  • SIGA — Sistema Integrado de Gestión Aduanera.
  • TT / TI — Tránsito y Transbordo de mercancías.
  • Declaraciones y certificados de reexportación.
  • Asesoría legal en importación, exportación y reexportación.

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Área Económica Especial Panamá-Pacífico

Un modelo de alianza público-privada creado mediante la Ley 41 de 2004, administrado por la Agencia Panamá-Pacífico. A diferencia de la ZLC, no se limita al comercio de mercancías: reúne logística, manufactura, tecnología, aviación y sedes corporativas, con beneficios migratorios y laborales más flexibles.

  • Constitución y estructuración de sociedades bajo este régimen.
  • Trámites de registro ante la Agencia Panamá-Pacífico.
  • Obtención de la licencia según la actividad de la empresa.
  • Asesoría sobre beneficios migratorios y laborales para personal extranjero.
  • Orientación sobre beneficios fiscales y aduaneros del régimen.

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Zonas Francas — Régimen General (Ley 32 de 2011)

El régimen aplicable a cualquier otra zona franca del país, distinta de la ZLC y de Panamá-Pacífico, que cuentan con sus propias leyes. Se rige por la Ley 32 de 2011, bajo la Dirección Nacional de Zonas Francas del MICI.

  • Constitución y estructuración de sociedades.
  • Obtención de la licencia correspondiente: Promotor, Operador o Empresa Usuaria.
  • Trámites de registro ante la Dirección Nacional de Zonas Francas (MICI).
  • Orientación sobre beneficios fiscales, aduaneros y migratorios aplicables.

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¿No está seguro de qué régimen le corresponde?

Si su negocio es de importación y reexportación de mercancías, lo suyo es la Zona Libre de Colón. Si busca manufactura, tecnología o servicios corporativos dentro de un desarrollo integral, es Panamá-Pacífico. Para cualquier otra zona franca del país, aplica el régimen general de la Ley 32 de 2011. Le ayudamos a confirmarlo y a estructurar el proceso correspondiente.

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